María Telo Núñez

 

1. Introducción

Para introducir por qué he elegido a María Telo Núñez, tengo que explicar que soy una boomer y estudié Derecho.  Ambos factores me han llevado a descubrir, gracias a este trabajo, a una persona que considero clave - y comienzo- para el ejercicio pleno de la capacidad jurídica de las mujeres en España.  Pienso seguir profundizando en su conocimiento en el futuro.

Al leer el planteamiento del reto 2, barajé varias opciones pero, por formación y edad, pensé que para mí siempre ha sido un hito importante la reforma del Código Civil y el de Comercio de 1975.  ¡Tenía ya 11 años cuando se aprobó una ley que permitía a las mujeres administrar su propio patrimonio sin la necesaria autorización del marido!

No sabía quién estaba detrás de esta reforma, podría haber sido un hombre e igualmente habría sido una aportación valiosísima y probablemente estaría haciendo este estudio sobre él, pero… ¡fue una mujer!  ¡Una gran mujer!

2. Breve biografía de la figura 

María Telo nació en Cáceres, en 1915, en el seno de una familia liberal progresista, que le proporcionó una buena educación, librepensante e igualitaria.

Durante el corto periodo de la segunda república las mujeres pudieron cursar estudios universitarios, lo que le permitió iniciar la carrera de Derecho.  Sin embargo, sus estudios se vieron interrumpidos como consecuencia de la guerra civil, si bien los finalizó en 1940 en la Universidad de Zaragoza (otro pequeño factor que me aproxima a esta mujer, ya que también aquí curse la carrera de Derecho). La dictadura frustró sus planes de hacer oposiciones a Notarías, ya que era requisito indispensable “ser varón”.  En 1944 accedió por oposición al Cuerpo Técnico Superior de la Administración Civil del Ministerio de Agricultura. Desde 1952 compaginó su trabajo como funcionaria con el ejercicio de la abogacía.

En la década de los 50, ingresó en la Federación Internacional de Mujeres Juristas e inició una intensa actividad pública de denuncia.  Desde entonces escribió numerosos artículos y libros, participó en ponencias y conferencias, con el fin de denunciar la injusta situación de las mujeres en España.

Su participación es determinante en la aprobación de la Ley 14/1975, de 2 de mayo, sobre la reforma de determinados artículos del Código Civil y del Código de Comercio sobre la situación jurídica de la mujer casada y de los derechos y deberes de los cónyuges.

Falleció el 5 de agosto de 2014, a los 98 años de edad.

 3. Contribución a la construcción de una sociedad más igualitaria y valor de la figura

La Ley 14/1975 reformó dos normas fundamentales, el Código Civil y el Código de Comercio, que devolvían a la mujer su capacidad plena de obrar al eliminar la obediencia al marido, la licencia marital y todas las discriminaciones por razón de sexo excepto dos, la patria potestad conjunta y la administración conjunta de los bienes gananciales, que fueron objeto de la ley de 13 mayo de 1981 sobre “Filiación, patria potestad, y régimen económico matrimonial”, en cuyo estudio también participó María activamente a través de la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia. Igualmente tuvo una destacada participación en los estudios previos a la aprobación de la ley de 7 de julio de 1981 sobre “Clases de matrimonio, separación, nulidad y divorcio”.

Creo interesante citar el primer párrafo de la exposición de motivos de la Ley 14/1975 porque resume bien la situación de la mujer casada en 1975:




Como mujer contemporánea a las leyes que cito creo que no se ha valorado suficientemente el hito que supusieron estos cambios, ni desde luego las personas que estuvieron detrás de ellas. Las mujeres vivían en plena década de los 70 sometidas a lo que sus maridos o padres quisieran hacer con, o decidir por, ellas.  Hasta tal punto era así que, incluso para disponer de su propio patrimonio, requerían una autorización del marido que les permitiera hacer cualquier gestión sobre él en el banco (ya no digamos para la enajenación de los bienes). 

4. Fuentes consultadas

En primer lugar, recurrí a (una amiga) profesora de Derecho Mercantil en el departamento de Derecho de la Empresa en la Universidad de Zaragoza, que me condujo a la Ley 14/1975.  Después consulté a (otra amiga) una bibliotecaria de Zaragoza.  Con la información que me proporcionaron pude meterme en PARES (Portal de Archivos Españoles) y comprobar que introduciendo la entrada de la Ley 14/1975 salían numerosos registros con el nombre de María Telo.  Completé mi búsqueda a través de Internet y escogí, de entre las numerosas biografías, la de la Real Academia de la Historia.



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